Extracto de la Resolución de 3 de agosto de 2017, de la Secretaría deEstado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por laque se convocan ayudas para alumnado con necesidad específica deapoyo educativo para el curso académico 2017-2018.
BDNS(Identif.):358870
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de laconvocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacionalde Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero.- Convocatoria
Se convocan las siguientes ayudas:
a) Ayudas directas para el alumnado que requiera por un periodo de suescolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atencioneseducativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves deconducta.
b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidado trastorno grave de conducta para familias numerosas.
c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación regladapara alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altascapacidades intelectuales.
Segundo.- Beneficiarios
Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada rentay/o patrimonio familiar y que presenten necesidad específica de apoyo educativoderivada de discapacidad o trastornos graves de conducta y que se encuentrencursando en centro específico, en unidad de educación especial de centroordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidadeseducativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios.
Para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa.
Tercero.- Solicitudes
Las solicitudes tanto de ayuda como de subsidio deberán cumplimentarsemediante el formulario accesible por internet en la dirección www.mecd.gob.es o através de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en ladirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a»Trámites y Servicios».
El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el 28 de septiembrede 2017, inclusive.
Cuarto.- Componentes de las ayudas y cuantías
– Enseñanza: hasta 862,00 euros.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 192
Sábado 12 de agosto de 2017
Sec. V-B. Pág. 59642
cve: BOE-B-2017-48413
– Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
– Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
– Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
– Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros deeducación especial: hasta 442,00 euros.
– Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
– Libros y material didáctico:
Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación ProfesionalBásica y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.
Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.
– Reeducación pedagógica o del lenguaje: hasta 913,00 euros para cada unade ellas.
Quinto.- Información sobre la tramitación de la ayuda
La información sobre el estado de tramitación del procedimiento podráconsultarse a través de la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es.Asimismo, los interesados podrán dirigirse a la unidad de becas de la provinciacorrespondiente. El expediente se identificará por el nombre del solicitante de laayuda o subsidio.
Madrid, 3 de agosto de 2017.- El Secretario de Estado de Educación,Formación Profesional y Universidades, Marcial Marín Hellín.
ID: A170060302-1